Respuesta corta
- No hay un trámite para “salir” del clearing de un día para el otro. Lo que podés hacer es pagar o refinanciar la deuda para que figure como cancelada, y esperar el plazo que fija la ley.
- Una deuda pagada puede seguir figurando, marcada como cancelada, hasta 5 años desde que la pagaste. Ese plazo no se renueva.
- Una deuda impaga puede figurar 5 años, y el acreedor puede pedir una sola vez que se mantenga otros 5.
- Si figura por error o después del plazo, podés pedir que la corrijan o la borren, y si no te responden, reclamar ante la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP).
Estar en el Clearing de Informes complica pedir un préstamo, una tarjeta o una garantía de alquiler. En esta guía te explicamos qué plazos fija la ley, qué podés hacer para que tu situación mejore y qué hacer si te tienen registrado de más.
¿Cuántos años dura el clearing?
Los plazos están en el artículo 22 de la Ley 18.331 de protección de datos personales, con la redacción de la Ley 18.719. Para deudas de personas:
| Tu situación | Hasta cuándo puede figurar |
|---|---|
| Pagaste o cancelaste la deuda | Hasta 5 años desde el pago, con la aclaración de que está cancelada. No se renueva. |
| La deuda sigue impaga | 5 años desde que se registró. El acreedor puede pedir una sola vez otros 5 años, dentro de los 30 días anteriores al vencimiento. |
| Acabás de pagar | El acreedor tiene 5 días hábiles para avisarle a la base de datos, y la base 3 días hábiles para actualizar tu registro. |
Por eso pagar no te borra al instante, pero cambia mucho cómo te ven: para quien analiza un crédito, una deuda cancelada no es lo mismo que una impaga. Para saber tu fecha exacta, usá la calculadora ¿cuándo salgo del clearing?
Paso a paso para salir del clearing
- Pedí tu informe. Antes de pagar nada, mirá qué deudas figuran, con qué acreedor, por qué monto y desde cuándo. Te explicamos cómo en cómo saber si estoy en el clearing.
- Hablá con cada acreedor. Pedí el saldo actualizado por escrito y preguntá si tienen planes de pago o quitas por pago al contado. Si la deuda es vieja, pedí el detalle de intereses y gastos.
- Pagá o firmá un acuerdo que puedas cumplir. Un acuerdo que no podés pagar te deja peor: una deuda refinanciada que vuelve a atrasarse se registra de nuevo.
- Guardá la constancia. Pedí un recibo o una constancia de cancelación que diga el monto y la fecha. Es tu prueba si después el registro no se actualiza.
- Revisá tu informe unos días después. Contando los 5 días hábiles del acreedor y los 3 de la base, la deuda ya debería figurar como cancelada.
- Si no se actualizó, reclamá. Primero al acreedor y a quien administra la base, con tu constancia. Si no te responden, presentá una denuncia ante la URCDP.
¿Pagar o refinanciar?
Si podés, pagar al contado suele ser lo más simple: la deuda pasa a figurar como cancelada y empieza a correr el plazo de 5 años. Muchas veces el acreedor acepta un descuento si pagás todo junto.
Si no te alcanza, un acuerdo de pago o un préstamo para cancelar deudas puede servir, con dos cuidados:
- Preguntá por escrito cómo va a quedar registrada la deuda vieja una vez que firmes el acuerdo.
- Calculá el costo total del préstamo nuevo. Si la tasa es muy alta, podés terminar debiendo más. Compará con la calculadora de préstamos y verificá que no supere el tope legal con el detector de usura. Las opciones las revisamos en préstamos limpia deudas.
Si tenés varias deudas, empezá por las que más intereses te cobran o las que pueden terminar en un juicio. En cómo salir de deudas tenés un método para ordenarlas.
Si figurás por error o fuera de plazo
La Ley 18.331 te da derecho a acceder a tus datos y a pedir que se rectifiquen o se supriman si son falsos, están desactualizados o se pasaron del plazo. Si una deuda no es tuya, ya la pagaste y sigue figurando como impaga, o pasó el plazo legal:
- Juntá tu constancia de pago o lo que pruebe el error.
- Pedí por escrito la corrección o la supresión a quien administra la base y al acreedor que informó la deuda.
- Si no te responden o te dicen que no, presentá la denuncia ante la URCDP. Es gratis.
Si necesitás ayuda legal y no podés pagarla, el Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República da asistencia gratuita.
Clearing y Central de Riesgos del BCU: no son lo mismo
El Clearing de Informes es una base de datos privada. La Central de Riesgos Crediticios la administra el Banco Central y tiene su propia ley, la 18.812: guarda los datos de personas hasta 15 años desde que termina la operación de crédito. Los bancos y financieras pueden mirar las dos. Lo que explicamos arriba sobre plazos aplica al Clearing.
Crédito mientras estás en el clearing
Algunas entidades dicen en su web que te prestan igual, aunque suelen pedirte un recibo de sueldo o una garantía. Revisamos qué dice cada una:
- Préstamos estando en el clearing
- Tarjetas de crédito estando en el clearing
- Garantía de alquiler estando en el clearing
Desconfiá de quien te prometa “sacarte del clearing” a cambio de un pago. Nadie puede borrar un registro legítimo antes de que venza el plazo.
Cómo no volver a entrar
- Pagá antes del vencimiento, aunque sea el mínimo, y avisá al acreedor si vas a atrasarte. Es más fácil negociar antes de la mora que después.
- No tomes una cuota que no entra en tu presupuesto. Una regla práctica es que la suma de tus cuotas no pase de un tercio de lo que cobrás.
- Revisá tu informe una vez al año para detectar errores a tiempo.
Fuentes
- Ley 18.331, artículo 22 (IMPO): plazos de los datos de crédito.
- Ley 18.812 (IMPO): Central de Riesgos Crediticios del BCU.
- Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales: denuncias.
Esta guía es informativa y no es asesoramiento legal. Para tu caso concreto, consultá con un profesional. Cómo revisamos los datos.