Qué dice la ley

El plazo lo fija el artículo 22 de la Ley 18.331 de protección de datos personales, con la redacción de la Ley 18.719. Para deudas de personas:

  • Deuda impaga: se puede registrar por 5 años desde que se incorporó. Si sigue impaga, el acreedor puede pedir una sola vez que se mantenga otros 5 años. Tiene que pedirlo en los 30 días anteriores a que venza el primer plazo.
  • Deuda pagada o cancelada: sigue figurando, con la aclaración de que está cancelada, hasta 5 años desde que la pagaste. Ese plazo no se renueva.
  • Cuando pagás: el acreedor tiene 5 días hábiles para avisar a la base de datos, y la base tiene 3 días hábiles para actualizar tu registro.

Por eso pagar una deuda no te saca del clearing al instante, pero cambia mucho cómo te ven: una deuda cancelada no es lo mismo que una impaga.

Si sigue apareciendo después de la fecha

  1. Pedí tu informe para tener la información exacta. Te explicamos cómo en cómo saber si estoy en el clearing.
  2. Reclamá a quien administra la base y pedí que suprima el dato vencido. La Ley 18.331 te da derecho a pedir la rectificación y la supresión de tus datos.
  3. Si no te responden, podés presentar una denuncia ante la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP).

El Clearing no es la Central de Riesgos del BCU

El Clearing de Informes es una base privada. La Central de Riesgos Crediticios del Banco Central es otro registro, con su propia ley (18.812) y otros plazos. Esta calculadora solo aplica a bases privadas como el Clearing.

Mientras tanto, ¿puedo pedir crédito?

Sí, en algunas entidades. Revisamos qué dice cada una en su web: préstamos estando en el clearing y tarjetas de crédito estando en el clearing. Si tenés varias deudas, mirá antes cómo salir del clearing.